Autenticación Notarial a Personas con Discapacidades físicas Rama del Derecho: Derecho Notarial. Descriptor: Función notarial Palabras Claves: autenticación notarial, función notarial Fuentes de Información: Normativa. Fecha: 01/05/17 Contenido 3. De la obligación del Notario Público de brindar sus servicios dentro del marco de RESUMEN El presente documento contiene material que versa sobre la autentificación notarial brindada a las personas con discapacidad física. Para esto, se acudió a la normativa como fuente del Derecho costarricense NORMATIVA 1. Del interés público de la persona con discapacidad física Artículo 1. Se declara de interés público el desarrollo integral de la población con discapacidad, en iguales condiciones de calidad, oportunidad, derechos y deberes que el resto de los habitantes 2. De la ayuda técnica y servicio de apoyo a la persona con discapacidad física Artículo 2. (…) Ayuda técnica: Elemento requerido por una persona con discapacidad para mejorar su funcionalidad y garantizar su autonomía Servicio de apoyo: Ayudas técnicas, equipo, recursos auxiliares, asistencia personal y servicios de educación especial requeridos por las personas con discapacidad para aumentar su grado de autonomía y garantizar oportunidades equiparables de acceso al desarrollo 3. De la obligación del Notario Público de brindar sus servicios dentro del marco de la razonabilidad [Lineamientos para el ejercicio y control del servicio notarial]iii Artic ́ ulo 3. Obligación de servicio y rogación. A solicitud del interesado, es obligación del notario brindar el servicio, dentro del marco de la legalidad, razonabilidad y proporcionalidad, salvo excusa justa, moral o legal ADVERTENCIA: El Centro de Información Jurídica en Línea (CIJUL en Línea) está inscrito en la Universidad de Costa Rica como un proyecto de acción social, cuya actividad es de extensión docente y en esta línea de trabajo responde a las consultas que hacen sus usuarios elaborando informes de investigación que son recopilaciones de información jurisprudencial, normativa y doctrinal, cuyas citas bibliográficas se encuentran al final de cada documento. Los textos transcritos son responsabilidad de sus autores y no necesariamente reflejan el pensamiento del Centro. CIJUL en Línea, dentro del marco normativo de los usos según el artículo 9 inciso 2 del Convenio de Berna, realiza citas de obras jurídicas de acuerdo con el artículo 70 de la Ley N° 6683 (Ley de Derechos de Autor y Conexos); reproduce libremente las constituciones, leyes, decretos y demás actos públicos de conformidad con el artículo 75 de la Ley N° 6683. Para tener acceso a los servicios que brinda el CIJUL en Línea, el usuario(a) declara expresamente que conoce y acepta las restricciones existentes sobre el uso de las obras ofrecidas por el CIJUL en Línea, para lo cual se compromete a citar el nombre del autor, el título de la obra y la fuente original y la digital completa, en caso de utilizar el material indicado ASAMBLEA LEGISLATIVA. Ley N 7600 del dos de mayo de mil novecientos noventa y seis. Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad. Publicado en la Colección de Leyes y Decretos. Versión de la norma: 5 de 6 del 25/02/2014. Publicada en la Gaceta número: 102 del 29/05/1996 ASAMBLEA LEGISLATIVA. Ley N 7600 del dos de mayo de mil novecientos noventa y seis. Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad. Publicado en la Colección de Leyes y Decretos. Versión de la norma: 5 de 6 del 25/02/2014. Publicada en la Gaceta número: 102 del 29/05/1996 ASAMBLEA LEGISLATIVA. Directriz 0 del seis de Julio del dos mil cinco. Lineamientos Generales para la Prestación y Control del Ejercicio y Servicio Notarial. Publicada en la Colección de Leyes y Decretos. Versión de la Norma: 2 de 2 del 02/05/2007. Número de Boletin Judicial 140 del 20 /07/05